Vecinos y patentados podrán obtener descuento por pago anual de bienes inmuebles o patentes

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(13-01-2021) Patentados y vecinos podrán beneficiarse con un descuento de un 3,5% en el pago anual del impuesto sobre Bienes Inmuebles o de patentes.

Este martes 12 de enero, el Concejo Municipal aprobó una moción presentada por la Alcaldía con el propósito de ofrecer este incentivo a la población en el contexto de la pandemia.

El pago de los cuatro trimestres 2021 se debe realizar antes del 31 de marzo tanto en el caso del pago de patentes, como para Bienes Inmuebles.

El Alcalde Jimmy Cruz dijo que la decisión es un reconocimiento al esfuerzo de patentados y personas propietarias de bienes inmuebles que han mantenido y mantienen su compromiso con las finanzas del gobierno local, indispensables para la prestación de servicios.

La medida entrará en vigencia una vez salga publicada en el Diario Oficial La Gaceta.


No hace falta salir de su casa para pagar

En la actualidad resulta innecesario desplazarse físicamente a las oficinas municipales o incluso a los bancos para pagar las obligaciones municipales.

Puede utilizar los servicios en línea de las entidades financieras y también puede ingresar a la página web de la Municipalidad. En la página web se pueden realizar tres tipos de pagos: de los servicios e impuestos municipales, de las patentes y los arreglos de pago. Vea el siguiente diagrama:


Pago o arreglo de pago, en línea.

En este enlace puede acceder a la página de trámites y pagos. https://www.curridabat.go.cr/tramites_pagos/

Conozca algunos plazos de trámites y responsabilidades ciudadanas

Pagos de impuestos y servicios municipales:
I trimestre vence el 31 de marzo.
II trimestre vence el 30 de junio
III trimestre vence el 30 de septiembre
IV trimestre vence el 31 de diciembre

Pago de patentes y otras licencias comerciales
I trimestre vence el 31 de enero.
II trimestre vence el 31 de marzo
III trimestre vence el 30 de junio
IV trimestre vence el 30 de septiembre

Declaración de bienes inmuebles
Se realiza cada cinco años. Tener al día esta declaración es indispensable para realizar arreglos de pago o solicitar la exoneración del pago de Bienes Inmuebles. Para este 2021 ya se encuentran vencidas todas las declaraciones realizadas en 2015 o años anteriores.

Avalúo de bienes inmuebles.
Debe realizarse cada tres años.

Solicitud de exoneración de bienes inmuebles.
Debe realizarse cada año.

Declaración Jurada del Impuesto de Patentes
A partir de este año es hasta el 31 de diciembre del 2020, por lo tanto, la Declaración se recibirá sin multa antes del 30 de marzo 2021.