Exoneración de impuestos de bienes inmuebles

Exoneración de impuestos de bienes inmuebles

La no afectación sobre el impuesto de Bienes Inmuebles aplica para los casos donde los Inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas fí­sicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base, no obstante, el Impuesto deberá pagarse sobre el exceso de la suma.

Requisitos para Exoneración del Impuesto de Bienes Inmuebles

1. Poseer una única propiedad a nivel nacional. Los nichos no serán tomados en cuenta para trámite.

2. La propiedad debe estar registrada a una persona física.

3. Completar la solicitud.

4. Contribuyente debe solicitar la exoneración a la Municipalidad.

Plazo de resolución: 10 días hábiles.